Violencia digital


Consiste en crear, compartir o difundir, sin consentimiento, material, imágenes o videos íntimos o sexualmente explícitos obtenidos con o sin el consentimiento de una persona, con el propósito de avergonzarla, estigmatizarla o perjudicarla.


En varios estudios se ha comprobado que el 90% de las personas afectadas por la distribución digital de imágenes íntimas sin consentimiento son mujeres. Esta forma de violencia puede ocurrir en una gran variedad de contextos y relaciones interpersonales: en una relación íntima y de confianza en la cual estas imágenes son enviadas de forma voluntaria por una persona a su pareja o expareja sentimental (quizás por sexting), como parte de esquemas de ciberhostigamiento o ciberacoso por amistades, conocidos o desconocidos, o cuando el material se obtiene mediante hackeo o acceso físico a dispositivos.

La difusión no consentida de contenido íntimo en redes sociales o sexspreading hace referencia a la difusión no consensuada de imágenes o videos íntimos sin consentimiento con la intención de dañar a la protagonista de ese contenido o humillarla y destruir su reputación.

Abarca también los siguientes actos:


No se debe estigmatizar la práctica del sexting. Todas y todos tenemos derecho a usar la tecnología para expresar nuestra sexualidad. No obstante, al hacerlo es muy importante tener presente que hay riesgos y que, por consiguiente, es necesario considerar la seguridad digital.